Etiquetado energético de nuestras lámparas y luminarias

Según el Reglamento (UE) 874/2012, es obligatorio que lámparas y luminarias lleven etiqueta energética desde el 1 de septiembre de 2013 y el 1 de marzo de 2014, respectivamente. Este reglamento también se aplica a algunas de nuestras lámparas y luminarias.
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Asimismo, se ha definido con más precisión la presentación en internet de productos relacionados con la energía. Según el Reglamento (UE) 518/2014, es obligatorio que estos productos lleven etiqueta energética desde el 1 de enero de 2015. Además, es obligatorio poner a disposición del consumidor una ficha de producto.

Se excluyen de este reglamento las lámparas y módulos LED que

– tengan un flujo luminoso inferior a 30 lúmenes
– se comercialicen para funcionar con pilas
– se comercialicen para aplicaciones cuya finalidad principal no es la iluminación (p. ej., lámparas infrarrojas)

El etiquetado obligatorio, según el Reglamento (UE) 518/2014, se aplica solo a productos nuevos o actualizados, introducidos en el mercado a partir del 1 de enero de 2015 con un nuevo identificador de modelo.

Dado que la etiqueta energética debe ser visible para el usuario final en el momento de la compra, encontrará nuestras etiquetas energéticas listas para descargar en la sección «Ecoetiqueta» de cada producto en nuestra tienda online.

Adam Hall

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